Desahucio por impago del alquiler

La reciente sentencia del Tribunal Supremo de 26 de marzo de 2009 invierte la tendencia que seguía la jurisprudencia española y favorece al arrendador.

El hecho de que se produzca un impago de una o varias cuotas mensuales del alquiler da derecho al empresario a presentar ante los Tribunales de Primera Instancia una demanda por desahucio contra el deudor.

Cuando se produce esta situación el inquilino puede enervar su deuda (pagarla y paralizar el proceso). Pero si se produce un segundo retraso ya no puede utilizar de nuevo este instrumento.

La tendencia marcada era siempre de no prosperación de los desahucios a menos que se produjeran reiteradamente y existiese una clara voluntad de no pagar por parte del inquilino.

La sentencia citada ordena el desahucio de una inquilina de renta antigua que ya había sido demandada dos veces por dos retrasos sucesivos y había consumido su única oportunidad de enervar la deuda. El Tribunal ha declarado que no impide la resolución de un contrato el hecho de pagar fuera de plazo aunque se trate de una sola mensualidad.

A pesar de esta nueva tendencia que favorece al arrendador hay que tener en cuenta que los procesos judiciales son caros y lentos.
Se recomienda siempre por parte de los abogados la prevención. Escoger a un inquilino solvente es esencial. Existen diversas posibilidades para prevenir impagados como contratar un seguro que cubra este riesgo, pedir un aval bancario por seis meses de renta, realizar contratos renovables año a año...
Trate siempre de conservar un buen inquilino, ya sea negociando o si conviene por las circunstancias económicas, rebajando la renta (frecuente estos últimos meses). En caso de que quiera cambiarlo requiérale el pago mediante burofax y cuando haya un retraso no tarde en presentar una demanda de desahucio.

 

Cristina Despuig Jordà

 

Bibliografía:

OCU. El alquiler, 3ª ed., Madrid: OCU Ediciones, 2008. Págs. 120 - 121
Sentencia de Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil nº 193/2009, de 26 de Marzo 2009
Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 11ª) de 20 de febrero de 2004.
(Enlace importante sobre desahucios)
 
Consulta Online
 
Banner

¿Qué opinas?

¿Qué opinas de la dación en pago?
 

Rellena nuestra encuesta y participa en el sorteo de unos bonos gratuitos de consulta.


z4UFdnOo4uYPpvo